Reconocimiento de la discapacidad en ISD
A efectos del impuesto se pueden acoger a la reducción aquellos contribuyentes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
TEXTO DE LA CONSULTA 8/2010
Para caso de Incapacidad Permanente Absoluta, se puede consultar:
TEXTO DE LA CONSULTA 21/2021, de 5 de julio.
TEXTO DE LA CONSULTA 23/2021, de 9 julio.
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