Comisión de Política Económica
Funciones
La Comisión de Política Económica como órgano colegiado previsto en el artículo 31 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, queda configurada como principal órgano de apoyo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos.
Composición del órgano colegiado:
1. Presidencia:
La persona titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
2. Vicepresidencia:
La persona titular de la Secretaría General de Economía de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos a quien corresponderá su Vicepresidencia.
3. Forman parte de la Comisión, igualmente:
La persona titular de la Dirección General de Fondos Europeos de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
La persona titular de la Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
La persona titular de la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
4. Vocalías:
Una vocalía de cada una de las siguientes Consejerías representadas en la Comisión Delegada para Asuntos Económicos: Turismo, Cultura y Deporte, Justicia, Administración Local y Función Pública; Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa; Empleo, Empresas y Trabajo Autónomo; Economía, Hacienda, y Fondos Europeos; Desarrollo educativo y Formación Profesional; Agricultura, Agua y Desarrollo Rural; Integración Social, Juventud, Familias e Igualdad y de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. Estas vocalías deben tener rango, al menos, de Dirección General y ser designados por la persona titular de su Consejería.
5. Secretaría:
La persona titular de la Dirección de Análisis, Planificación y Política Económica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos ejercerá las funciones de Secretaría de la Comisión de Política Económica.