Comisión de Política Económica

Funciones

La Comisión de Política Económica como órgano colegiado previsto en el artículo 31 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, queda configurada como principal órgano de apoyo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos.

Composición del órgano colegiado:

1. Presidencia:

La persona titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

2. Vicepresidencia:

La persona titular de la Secretaría General de Economía de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos a quien corresponderá su Vicepresidencia.

3. Forman parte de la Comisión, igualmente:

La persona titular de la Dirección General de Fondos Europeos de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

La persona titular de la Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

La persona titular de la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

4. Vocalías:

Una vocalía de cada una de las siguientes Consejerías representadas en la Comisión Delegada para Asuntos Económicos: Turismo, Cultura y Deporte, Justicia, Administración Local y Función Pública; Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa; Empleo, Empresas y Trabajo Autónomo; Economía, Hacienda, y Fondos Europeos; Desarrollo educativo y Formación Profesional; Agricultura, Agua y Desarrollo Rural; Integración Social, Juventud, Familias e Igualdad y de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. Estas vocalías deben tener rango, al menos, de Dirección General y ser designados por la persona titular de su Consejería.

5. Secretaría:

La persona titular de la Dirección de Análisis, Planificación y Política Económica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos ejercerá las funciones de Secretaría de la Comisión de Política Económica.

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