Comité Interterritorial de la Agencia Tributaria de Andalucía.

Funciones

  1. ) Elaborar informe para el Consejo Rector sobre la propuesta de contrato de gestión.
  2. ) Proponer la inclusión en el plan de acción anual de directrices para la elaboración del plan de control tributario.
  3. ) El análisis territorial de los informes que elabora la Comisión de Control, sobre el desarrollo y ejecución del contrato de gestión, del plan de acción anual y del plan de control tributario anual.
  4. ) Analizar y proponer mecanismos de coordinación en el ejercicio de la competencia territorial de los órganos de la Agencia.
  5. ) Informar los proyectos de creación, modificación y regulación de las unidades administrativas de la Agencia.
  6. ) Informar los proyectos de creación, modificación y supresión de las unidades operativas desconcentradas a que se refiere el artículo 3.2, así como proponer al Consejo Rector criterios para fijar su sede.
  7. ) Proponer mecanismos de colaboración con las entidades locales de Andalucía en la aplicación de los tributos.
  8. ) Promover la colaboración en materia de Gestión de Calidad con las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de Hacienda.
  9. ) Impulsar acciones de información y comunicación de la Agencia y de su actividad.
  10. ) Aquellas que le encomiende el Consejo Rector.

Composición del órgano colegiado:

1. Presidencia:

La persona titular de la Secretaría General competente en materia de Hacienda.

2. Otros componentes:

La persona titular de la Dirección de la Agencia.

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de Hacienda.

3. Secretaría:

Persona designada por el propio Comité Interterritorial y que tendrá la condición de personal funcionario con categoría al menos de jefatura de servicio. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, podrá ser suplida por la persona que designe el Comité Interterritorial, que deberá ser también personal funcionario.

Las personas integrantes del Comité Interterritorial no serán retribuidas.

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