Convenio entre la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y la Universidad de Sevilla sobre atribución de competencias al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejería de Hacienda y Financiación Europea.
Universidad de Sevilla.
Duración
Cuatro años.
Los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción, de conformidad con el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Objeto

Atribución, por parte de la Universidad de Sevilla al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, de la competencia para la tramitación y resolución de los recursos y solicitudes de adopción de medidas provisionales de los actos del procedimiento de adjudicación y contratos a que se refieren los artículos 44 y 49 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y 119 y 120 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.

Del mismo modo, corresponderá al Tribunal, en los términos en el artículo 57.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, velar por la ejecución de las resoluciones adoptadas por él.

La atribución de competencia al Tribunal comprenderá tanto los actos adoptados por la Universidad como los de aquellas entidades vinculadas que tengan la consideración de poder adjudicador, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

Modificaciones

Por acuerdo unánime de las partes firmantes mediante adenda modificativa.

Obligaciones económicas

En compensación por la asunción por el Tribunal de la competencia para resolver los recursos y reclamaciones, la Universidad satisfará a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea una cantidad fija anual de 5.000 euros.

Asimismo, se satisfará una cuantía variable consistente en una cantidad adicional de 400 euros por recurso resuelto, a partir de un número mínimo de 10 recursos.

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