Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y el Consejo Consultivo de Andalucía sobre atribución de competencias al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.
Los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Objeto
Atribución, por parte del Consejo Consultivo de Andalucía al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, de la competencia para la tramitación y resolución de los recursos y solicitudes de adopción de medidas provisionales de los actos del procedimiento de adjudicación y contratos a que se refieren los artículos 44 y 49 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y 119 y 120 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
Del mismo modo, corresponderá al Tribunal, en los términos en el artículo 57.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, velar por la ejecución de las resoluciones adoptadas por él.
Modificaciones
Por acuerdo unánime de las partes firmantes mediante adenda modificativa.