Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía para la realización de actuaciones conjuntas enmarcadas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Dirección General de Fondos Europeos (Por Autorización de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, mediante Orden de delegación de firma de 22 de diciembre de 2023)
El Director Gerente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
Duración
El convenio quedará perfeccionado desde la fecha de la firma del último de los signatarios, entrando en vigor dicho día y tendrá como fecha de finalización el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de una prórroga en caso de que la Comisión Europea retrasara la fecha del cierre definitivo del PDR de Andalucía 2014-2022, siempre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en cualquier otra normativa que resultara de aplicación en el momento de efectuarse dicha prórroga.

Objeto

El objeto del presente convenio es el establecimiento de los términos y condiciones por los que se regirá la colaboración entre la entidad AGAPA y la Dirección General de Fondos Europeos de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, en su compromiso de desarrollar actuaciones de apoyo mutuo para la consecución de objetivos propios de cada una de ellas, que inciden en materias de común interés enmarcadas en el PDR de Andalucía 2014-2022.

Modificaciones

Las partes podrán modificar, en cualquier momento, el presente Convenio de forma expresa y por acuerdo unánime de las mismas. Tal modificación deberá realizarse mediante adenda al mismo y tramitarse conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Obligaciones económicas

La firma del presente convenio no supondrá el reconocimiento de ninguna contrapartida económica a favor de las entidades firmantes.

Sin perjuicio de lo anterior, cada una de las entidades firmantes financiará con cargo a su correspondiente consignación presupuestaria el coste económico, en su caso, de las actuaciones que deban desarrollar conforme a las estipulaciones del este convenio.

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