Convenio de Colaboración entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y el Banco Santander S.A. en materia de Colaboración Financiera

Fecha de suscripción
Documento
Partes firmantes
Consejería de Hacienda y Administración Pública
Santander España S.A.
Duración
Hasta el 31 de Diciembre de 2015. Podrá prorrogarse por períodos anuales, mediante acuerdo expreso de las partes.

Objeto

Dado los resultados positivos alcanzados, ambas partes convienen en la necesidad de continuar esta senda de colaboración en el ámbito financiero, a través de la cual el Banco Santander pondrá a disposición de la Junta de Andalucía pólizas de crédito a corto plazo para cubrir posibles necesidades transitorias de tesorería, en el marco de los límites que establece el artículo 65 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda de la Junta de Andalucía y adicionalmente de aquellos que al cierre del ejercicio deban cumplirse por la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de los Acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera, y en las condiciones financieras que se acuerden entre las partes, tras los procesos de gestión del endeudamiento que preceptivamente se siguen en la Tesorería General de la Junta de Andalucía.

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