Convenio de Colaboración entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y el Banco Santander S.A. en materia de Colaboración Financiera
Objeto
Dado los resultados positivos alcanzados, ambas partes convienen en la necesidad de continuar esta senda de colaboración en el ámbito financiero, a través de la cual el Banco Santander pondrá a disposición de la Junta de Andalucía pólizas de crédito a corto plazo para cubrir posibles necesidades transitorias de tesorería, en el marco de los límites que establece el artículo 65 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda de la Junta de Andalucía y adicionalmente de aquellos que al cierre del ejercicio deban cumplirse por la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de los Acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera, y en las condiciones financieras que se acuerden entre las partes, tras los procesos de gestión del endeudamiento que preceptivamente se siguen en la Tesorería General de la Junta de Andalucía.