Encomienda a la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A. de la ejecución de actuaciones relacionadas con los servicios de gestión y coordinación de la oficina técnica y mantenimiento de sistemas de información horizontales

Información general

Objeto

Modificación de la encomienda que tiene por objeto la ejecución de determinadas actuaciones relacionadas con los servicios de gestión y coordinación de la oficina técnica y mantenimiento del desarrollo de determinados sistemas de información horizontales al servicio de la administración de 8la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.

Organismo
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Fecha de publicación
Presupuesto
888.510,48 €
Duración
hasta el 30 de junio de 2019

Obligaciones económicas

En las facturas presentadas por SANDETEL constarán las órdenes de trabajo realizadas en el periodo de facturación, incluyendo en su caso el porcentaje de ejecución, con objeto de que la Dirección de la Encomienda certifique la efectiva prestación de los servicios.

SANDETEL certificará la correspondencia de los costes imputados con los trabajos realizados para la prestación de los servicios facturados.

Los costes de realización de los trabajos encomendados, directos o indirectos, se acreditarán mediante relación detallada y certificada, en que se identifiquen inequívocamente los gastos imputados como costes de prestación del servicio.

Respecto a los costes directos, la relación comprenderá los datos que permitan su identificación inequívoca. Se presentará adecuadamente estructurada en función de las actuaciones y operaciones previstas en la encomienda.

Los costes indirectos habrán de imputarse por la empresa a los trabajos encomendados en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida que tales costes correspondan al periodo en que efectivamente se realizan los trabajos.

SANDETEL definirá los criterios de imputación de los costes indirectos atendiendo a la organización de su contabilidad. Estos criterios habrán de ser conformados por el Director de la Encomienda y por el Titular de la Dirección General.

La facturación estará sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido vigente (21%). Se fija un porcentaje máximo del 6% para gastos generales.

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