Programa Estadístico y Cartográfico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018

Información general

Organismo
  • Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía
Fecha de aprobación
Descripción

El artículo 4.1 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que con el fin de planificar y sistematizar la actividad estadística de competencia exclusiva y la actividad cartográfica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se elaborará el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía, que será el marco obligado para el desarrollo de dicha actividad.

Tras la entrada en vigor de la Ley 3/2013, de 24 de julio, por la que se aprueba el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2013-2017, y la ampliación de su vigencia hasta el 2020 aprobada por la Ley 6/2017, de 27 de diciembre, es preciso definir la actividad estadística y cartográfica a desarrollar durante ese periodo mediante la elaboración y aprobación de los programas estadísticos y cartográficos anuales que, tomando como referencia el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía vigente, sean aprobados por el Consejo de Gobierno.

El artículo 5.1 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, establece que para definir la actividad estadística y cartográfica a desarrollar cada año, se elaborará un Programa Estadístico y Cartográfico anual.

Periodo de vigencia
-

Evaluación del plan

El Programa Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2018 consta de un total de 357 actividades. El proceso de seguimiento y evaluación ha incluido una fase de consulta con los organismos responsables, a fin de valorar su grado de ejecución. Una vez cumplimentada dicha información, se ha procedido a clasificarla según las incidencias presentadas durante la ejecución de las mismas.  

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