Información general
- Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de permiso de trabajo y residencia expedida por el Órgano Administrativo nacional competente.
- Tener, al menos, 18 años de edad y no exceder la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.
- Estar en posesión de un título de bachiller elemental, graduado en educación secundaria obligatoria o titulación equivalente debidamente acreditada.
- Estar en posesión de permiso de conducción B
- Experiencia demostrable de mínimo un año en puesto de trabajo de conductor.
Funciones
Funciones genéricas del grupo profesional IV, correspondientes al III Convenio Colectivo de Turismo Andaluz, conforme a los siguientes factores:
Seguimiento y vigilancia del estado y verificación de las condiciones de uso de los vehículos automóviles de la empresa. Tendrá a su cargo la conducción del vehículo automóvil de la Empresa en los desplazamientos que deban realizar los miembros de su órgano de administración, así como el personal de alta dirección, siempre que dichos desplazamientos sean necesarios en el estricto cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades empresariales.
Asimismo, podrán encomendarse recados dentro y fuera de la oficina, encargos, traslados de documentación y material promocional, la realización de otros trabajos secundarios o administrativos que le fueran encomendadas por sus superiores.