Información general
Biografía
Joaquín María Barrón Tous Licenciado en Derecho. Letrado de la Junta de Andalucía. Experiencia profesional: entre otras funciones ha desarrollado las de Letrado Jefe del Servicio Jurídico Provincial de Huelva, Letrado Jefe de las Asesorías Jurídicas de la Consejería de Salud y de la Consejería de Turismo y Deporte. Asimismo ha realizado asesoramiento jurídico en materia de contratación pública informando pliegos tipos de contratación administrativa recomendados por la Comisión Consultiva de Contratación de Andalucía en la Asesoría Jurídica de la Consejería de Hacienda. Igualmente ha desarrollado funciones consultivas para otras distintas Consejerías y Agencias. En 2019 fue designado Presidente de la Sección Sancionadora y Vicepresidente del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía.
Funciones
De conformidad con el artículo 1 de su norma de creación, al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía le corresponden, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales que ostenten la condición de poderes adjudicadores, las siguientes competencias:
- Resolver los recursos especiales en materia de contratación a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Resolver las reclamaciones en los procedimientos de adjudicación a que se refiere el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incororan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores.
- Resolver, respecto a los contratos celebrados en el ámbito de la seguridad pública, los recursos especiales en materia de contratación y las cuestiones de nulidad a que se refiere la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de Contratos del Sector Público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad.
- Adoptar las decisiones que procedan sobre las medidas provisionales o cautelares solicitadas por las personas legitimadas con anterioridad a la interposición de los recursos, reclamaciones y cuestiones de nulidad mencionados en los tres apartados anteriores.
- Cualquier otra competencia que le atribuya la normativa de la Unión Europea o la normativa estatal básica.
Asimismo, el Tribunal Administrativo, previa celebración del oportuno convenio suscrito por la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, resolverá:
- Los recursos referidos en el artículo 1.1 a) del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, que se interpongan contra los actos dictados en materia de contratación pública por los órganos competentes del Parlamento de Andalucía, la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Consejo Consultivo de Andalucía, el Consejo Audiovisual de Andalucía, el Defensor del Pueblo Andaluz y el Consejo Económico y Social de Andalucía.
- Los recursos referidos en el artículo 1.1 a) del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, que se interpongan contra los actos dictados en materia de contratación pública por las Universidades Públicas de Andalucía.
- Convenios suscritos.