Adaptación de Medidas del Plan Antifraude del Consorcio del Palacio de Exposiciones y Congresos de Granada
Información general
- Consorcio Palacio de Exposiciones y Congresos de Granada
Siguiendo lo dispuesto en el Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en lo que sigue, PMA), cada una de las Entidades ejecutoras y Entidades Instrumentales deberán realizar adaptaciones al Plan que se incluirán como un Anexo que forma parte del propio Plan. Las adaptaciones deberán ser formuladas por la Unidad Antifraude a propuesta de los gestores presupuestarios y comprenderán las materias señaladas en el Anexo XI del PMA.
La adaptación se realizará tras el proceso de autoevaluación de riesgos y será coherente con sus resultados: catálogo de riesgos específicos, lista de medidas preventivas y controles específicos y Checklist de banderas rojas específicas (puntos dos y cuatro del anexo XI).
Cada Unidad Antifraude decidirá sobre las herramientas de prospección y cruce de datos que se utilizarán por el gestor presupuestario y esta concreción se recogerá en la adaptación de cada entidad (punto tres del anexo XI).
Además, la adaptación recogerá la constitución de la Unidad Antifraude (punto uno del anexo XI).
La adaptación deberá quedar documentada, y será de aplicación obligatoria e imprescindible para poder firmar la Declaración e Informe de Gestión previstos en los artículos 12 y 13 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
El Comité Antifraude será la unidad encargada del seguimiento, supervisión y evaluación general del PMA.
De forma concreta, durante su vigencia, la Unidad Antifraude prestará apoyo y asesoramiento a las personas responsables de implementación de las medidas, los gestores presupuestarios.
Asimismo, realizará una evaluación general sobre el grado de aplicación del mismo y de la efectividad de sus medidas de manera estructurada, apoyándose en la herramienta recogida en el Anexo II.B.5 “Test conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción” de la orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, (Anexo III) y recabando las informaciones y comunicaciones que puedan recibirse adicionalmente por parte de los gestores presupuestarios.
Su objetivo es con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el citado artículo 22 impone a España en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario de los fondos del MRR, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante PRTR), establece en su artículo 6 que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
De conformidad con lo previsto en el Plan, y de acuerdo con las designaciones realizadas por los correspondientes centros directivos y gestores presupuestarios de este Consorcio, forman parte de la Unidad:
- La persona titular de la Secretaría General de la Delegación de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada en tanto se mantenga su designación como integrante de la Comisión de Seguimiento del Contrato de Concesión del Palacio de Exposiciones y Congresos en Granada.
En caso de ausencia, vacante o enfermedad, los componentes de la Unidad serán suplidos por quienes estos determinen de su respectivo centro directivo con rango mínimo de jefatura de servicio, previa comunicación a la unidad de dicha circunstancia.
La unidad podrá recabar el asesoramiento de la Asesoría Jurídica del Consorcio en caso de resultar necesario. Asimismo, podrá recabar el auxilio de aquel otro personal de los distintos centros directivos de la Consejería de adscripción que por su conocimiento técnico pueda necesitar para el mejor cumplimiento de las funciones que ha de desempeñar.
Evaluación del plan
El Comité Antifraude será la unidad encargada del seguimiento, supervisión y evaluación general del PMA. De forma concreta, durante su vigencia, la Unidad Antifraude prestará apoyo y asesoramiento a las personas responsables de implementación de las medidas, los gestores presupuestarios. Asimismo, realizará una evaluación general sobre el grado de aplicación del mismo y de la efectividad de sus medidas de manera estructurada, apoyándose en la herramienta recogida en el Anexo II.B.5 “Test conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción” de la orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, (Anexo III) y recabando las informaciones y comunicaciones que puedan recibirse adicionalmente por parte de los gestores presupuestarios.