Proyecto de Orden de xx de xx de 2021, por la que se regula el procedimiento para la provisión, con carácter provisional, de puestos en la Inspección Educativa
Información general
Orden de 16 de Enero de 2012 de la Consejería de Educación por la que se regula la provisión con carácter provisional de los puestos vacantes en la Inspección Educativa. Esa Orden se promulgó al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Decreto 115/2002 de 25 de marzo por el que se regula la Organización y Funcionamineto de la Inspección Educativa.
Modificar la situación actual, en la que para ser adjudicatario de una vacante, con carácter provisional, solo se tiene en cuenta la puntuación del último procedimiento selectivo, de concurso-oposición y de concurso de méritos para el acceso.
Se quiere valorar las cualidades y la formación integral para poder ocupar un puesto como inspector provisional, esto es, además de la calificación en el último procedimiento selectivo, la experiencia en puestos desempeñados en la inspección, la formación impartida, la formación recibida. Además resulta necesaria, para adaptarla al nuevo Decreto, por el que se modifica el Decreto 115/2002, de 25 de marzo, que regula la organización y funcionamiento de la Inspección Educativa.
Teniendo en cuenta la trascendencia y las cualificadas funciones de la Inspección en la Comunidad Educativa, se trata de garantizar, que aquellos que desempeñen dichos puestos, tengan las mejores competencias para ello.
Mantener la regulación actual, en la que se valora la calificación obtenida en el último concurso oposición y en el último concurso de acceso de méritos.
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Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.