Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 05/07/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de abril de 2011, del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1560/2088. (PP. 1779/2011).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 4109142C20080043232.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1560/2008.

Negociado: 2.

Sobre: Resolución de contrato y reclamación cantidad.

De: Construcciones Ávila Prats, S.L.

Procurador: Sr. Agustín Cruz Solís.

Contra: Don Juan Ávila Pastor y doña Dolores Tebar Sánchez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA núm. 179/09

En Sevilla, a nueve de octubre de dos mil nueve.

Pronuncia la Ilma. Sra. doña Celia Belhadj Ben Gómez, Magistrada-Juez, titular del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Sevilla, en el procedimiento de Juicio ordinario núm. 1560/08, seguido a instancias de Construcciones Ávila Prats, S.L., representada por el Procurador/a Sr./Sra. Pérez González y asistido del Letrado Sr./Sra. Muñoz Rodríguez, contra don Juan Ávila Pastor y doña Dolores Tebar Sánchez, declarados en situación procesal de rebeldía. Sobre resolución contractual y reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador/a Sr./Sra. Pérez González, en nombre y representación de Construcciones Ávila Prats, S.L., contra don Juan Ávila Pastor y doña Dolores Tebar Sánchez, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a estos últimos a abonar a la actora la cantidad de cuatrocientos setenta y cinco mil euros y veintisiete céntimos –475.448,27 €–. Con imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación en el término de cinco días a contar desde su notificación ante este órgano de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Ávila Pastor y doña Dolores Tebar Sánchez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, a veintiséis de abril de dos mil once.- El/La Secretario.

Descargar PDF