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Examinado el expediente incoado a instancia de doña M.ª Antonia Fernández Ruz y doña Rosario Jiménez Rosales, titulares del centro docente privado de educación infantil «Ángel de la Guarda», de Puente Genil (Córdoba), con código 14007799, en solicitud de modificación de la autorización administrativa de funcionamiento del mencionado centro por transformación de una unidad de párvulos, que tenía autorizada, en una unidad de primer ciclo así como ampliación de otra unidad de educación infantil de primer ciclo.
Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Córdoba y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos de la Consejería de Educación en dicha provincia.
Resultando que el mencionado centro tenía autorización administrativa para una unidad de párvulos.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo); y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento al centro docente privado de educación infantil «Ángel de la Guarda» por transformación de una unidad de párvulos, que tenía autorizada, en una unidad de primer ciclo, así como la ampliación de otra unidad de educación infantil de primer ciclo, quedando con la configuración definitiva que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro de educación infantil.
Denominación específica: Ángel de la Guarda.
Código de centro: 14007799.
Domicilio: C/ Aguilar, núm. 69.
Localidad: Puente Genil.
Municipio: Puente Genil.
Provincia: Córdoba.
Titulares: M.ª Antonia Fernández Ruz y Rosario Jiménez Rosales.
Composición resultante: 2 unidades del primer ciclo para 35 puestos escolares.
Segundo. Las personas titulares del centro remitirán a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Córdoba la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Sevilla, 13 de junio de 2011
Francisco José Álvarez de la Chica
Consejero de Educación
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