Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 17/11/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de septiembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario nún. 318/2010. (PP. 3621/2011).

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NIG: 4109142C20100009245.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 318/2010. Negociado: 1G.

De: Don Eduardo Ríos Sánchez.

Procuradora Sra. Susana García Guirado.

Contra: Melka Trading Limited.

EDICTO

En el presente procedimiento Proced. Ordinario (N) 318/2010, seguido a instancia de Eduardo Ríos Sánchez frente a Melka Trading Limited se ha dictado sentencia, en cuya parte dispositiva establece lo siguiente:

fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. García Guirado en nombre y representación de don Eduardo Ríos Sánchez contra Melka Trading Limited, la debo condenar y condeno a entregar la suma de 104.714,44 euros, con sus intereses legales.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia, y las comunes por mitad.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco dias hábiles contados desde el dia siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banesto con el número 4356, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (DA 15.ª LOPJ.

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Melka Trading Limited, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veintisiete de septiembre de dos mil ocnce.- El/La Secretario/a Judicial.

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