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Don Juan Manuel Gómez Pardo, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.
Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita Recurso Contencioso-Administrativo, con el núm. 701/2007-K, seguido a instancia de María José Gutiérrez Guerra contra la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, sobre Decreto 7/2007, de 9 de enero, que modifica parcialmente relación de puestos de trabajo, correspondiente a la Consejería de Economía y Hacienda.
En dicho procedimiento se dictó sentencia por esta Sala -Sección Primera núm. 567/2009- con fecha 15.6.2009, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallo: Con rechazo de la causa de inadmisión, debemos estimar la demanda interpuesta por doña María José Gutiérrez Guerra y declarar la nulidad del Decreto 7/2007 solo el lo referente a la creación del puesto denominado Interventor Provincial Adjunto (9889810). Que lo debe ser con carácter definitivo. Sin costas.
Intégrese la presente sentencia en el libro de su clase y una vez firme remítase testimonio de la misma junto con el expediente administrativo al lugar de procedencia de este.
Así por esta nuestra sentencia que se notificará a las partes haciéndoles saber, con las demás prevenciones del art. 248,41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que contra la misma no procede recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que ordena la publicación del fallo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a 24 de octubre de 2011.- El Secretario.
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