Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 251 de 27/12/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Orden de 7 de diciembre de 2011, por la que se acuerda la admisión a trámite del Plan Especial del Sistema General Aeroportuario Federico García Lorca, Granada-Jaén.

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Los aeropuertos y sus respectivas zonas de servicio han de tener la calificación de sistema general aeroportuario por los correspondientes Planes Generales de Ordenación Urbanística de acuerdo con el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Este sistema general debe ser desarrollado a través de un Plan Especial o instrumento equivalente que se formula por el ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea en adelante AENA, de conformidad con las previsiones contenidas en el correspondiente Plan Director del Aeropuerto, y se tramita y aprueba por la Administración urbanística competente de conformidad con lo establecido por la legislación urbanística aplicable, con las particularidades que se recogen en los artículos 8 y 9 del citado Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre.

En esta línea, AENA ha solicitado a esta Consejería de Obras Públicas y Vivienda la tramitación y aprobación del «Plan Especial del Sistema General Aeroportuario Federico García Lorca (FGL), Granada-Jaén», de acuerdo con lo establecido en la legislación urbanística aplicable, una vez que se ha procedido por AENA a la formulación del citado Plan Especial.

El aeropuerto FGL Granada-Jaén es un aeropuerto civil internacional con categoría OACI «4-D» y de interés general del Estado. Está enclavado en la Comarca de la Vega del Genil, a 17 km de la capital granadina y a 106 km de la jienense, en terrenos pertenecientes a los términos municipales de Santa Fe y Chauchina, ambos de la provincia de Granada, los cuales han recogido este aeropuerto en sus respectivos planeamientos generales vigentes como Sistema General Aeroportuario.

El primer Plan Director del Aeropuerto FGL Granada-Jaén fue aprobado por Orden del Ministerio de Fomento de 23 de julio de 2001, que delimitó una zona de servicio con una superficie estimada de 191 hectáreas. A continuación, el Plan Especial del Sistema General Aeroportuario se aprobó definitivamente por Acuerdo de 15 de abril de 2004, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada de la Junta de Andalucía.

Posteriormente, debido al crecimiento del tráfico, tanto de pasajeros como de aeronaves, experimentado por el aeropuerto, muy superior a lo previsto en el Plan Director aprobado, se revisó el mismo, aprobándose un nuevo Plan Director por Orden FOM/2220/2010, de 30 de junio (BOE núm. 195, de 12 de agosto de 2010) que delimita una nueva zona de servicio del aeropuerto e incluye los espacios que garantizan su ampliación y desarrollo, de acuerdo con criterios de planificación fundados en objetivos estratégicos y previsiones de tráfico para un plazo que llega hasta el horizonte 3 (año 2020). La zona de servicio delimitada por este nuevo Plan Director tiene una superficie estimada de 202,647 hectáreas.

En relación al nuevo Plan Especial del Sistema General Aeroportuario FGL Granada-Jaén, presentado por AENA para su tramitación y aprobación, la Dirección General de Urbanismo, con fecha 16 de septiembre de 2011, ha emitido informe favorable a la admisión a trámite del mismo, en base al informe del Servicio de Gestión y Ejecución de Planes de dicha Dirección General.

A la vista de tales antecedentes y de las disposiciones legales de aplicación, de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, y el artículo 26 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía; y en virtud de las competencias atribuidas a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda por el artículo 31.2.A.a) de la citada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y a la persona titular de la misma por el artículo 4.3.e) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo

DISPONGO

Artículo 1. Admisión a trámite del Plan Especial.

Se acuerda la admisión a trámite del Plan Especial del Sistema General Aeroportuario Federico García Lorca, Granada-Jaén, situado en los términos municipales de Santa Fe y Chauchina (Granada), formulado por el ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea.

Este Plan Especial tiene por objeto la ordenación urbanística de dicho sistema general, como elemento fundamental de la estructura general y orgánica del territorio y como pieza esencial del Sistema General de Comunicaciones de máximo rango nacional y regional. De este modo, mediante el mismo se integran en el marco urbanístico las determinaciones del Plan Director del Aeropuerto Federico García Lorca Granada-Jaén, aprobado por Orden FOM/2220/2010, de 30 de junio, para resolver los aspectos más directamente relacionados con los requerimientos aeronáuticos del tráfico aéreo.

Artículo 2. Ámbito del Plan Especial.

El ámbito del Plan Especial comprende los recintos núms. 1, 2, 3 y 4 incluidos en la Zona de Servicio delimitada por el vigente Plan Director del Aeropuerto Federico García Lorca, Granada-Jaén, ocupando una superficie estimada de 202,647 hectáreas.

Artículo 3. Tramitación del expediente.

La tramitación del presente Plan Especial, de acuerdo con la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía; el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y el Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, se ajustará al siguiente procedimiento:

a) La Aprobación Inicial del Plan Especial corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.

b) Tras la Aprobación Inicial, el documento será sometido a un período de información pública por plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de Granada y en el tablón de anuncios de los municipios afectados, con audiencia de los mismos. Asimismo, se dará traslado de la Aprobación Inicial a los órganos y entidades administrativas que por sus competencias u objeto resulten afectadas por el Plan Especial para que emitan los pronunciamientos oportunos.

c) A la vista del resultado de los trámites previstos en el apartado anterior, la persona titular de la Dirección General de Urbanismo resolverá, en su caso, sobre la Aprobación Provisional del Plan.

Una vez realizados todos los actos de trámite e instrucción exigidos por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, se dará traslado al ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea del acuerdo de aprobación provisional del Plan Especial para que se pronuncie sobre los aspectos de su competencia.

d) La Aprobación Definitiva del Plan Especial corresponde a la persona titular de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.

e) Tras la Aprobación Definitiva, el Plan Especial se inscribirá en los Registros Autonómico y Municipales de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo para adoptar cuantas medidas sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de diciembre de 2011

Josefina Cruz Villalón

Consejera de Obras Públicas y Vivienda

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