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Visto el expediente tramitado a instancia de don Juan Pablo Rodríguez Gutiérrez, como representante de la entidad Fundación Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, titular del centro docente privado de Educación Secundaria Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, SAFA-Funcadia, con domicilio en Alameda Sundheim, núm. 3, de Huelva, por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta el mismo, por la supresión de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Medio de Equipos electrónicos de consumo y por la autorización de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Medio de Instalaciones de telecomunicaciones, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.
Resultando que el citado centro de Educación Secundaria, con código 21001511, tiene autorización para impartir Educación Secundaria Obligatoria (doce unidades), Bachillerato (dos unidades de la modalidad de Ciencias y tecnología y dos de la de Humanidades y Ciencias Sociales), cuatro ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio (uno de Equipos e instalaciones electrotécnicas, que ha sido sustituido por el de Instalaciones eléctricas y automáticas, mediante el Real Decreto 177/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas y se fijan sus enseñanzas mínimas, uno de Laboratorio, uno de Soldadura y Calderería y uno de Equipos electrónicos de consumo) y tres ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior (uno de Instalaciones electrotécnicas, que ha sido sustituido por el de Sistemas Electrotécnicos y automatizados, mediante el Real Decreto 1127/2010, de 10 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados y se fijan sus enseñanzas mínimas, uno de Construcciones metálicas y uno de Química ambiental).
Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Huelva y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.
Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE de 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria; el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1632/2009, de 30 de octubre (BOE de 19 de noviembre), por el que se establece el título de técnico en Instalaciones de telecomunicaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de Educación Secundaria Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, SAFA-Funcadia, código 21001511 y domicilio en Alameda Sundheim, núm. 3, de Huelva, cuyo titular es Fundación Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:
a) Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades con 338 puestos escolares.
b) Bachillerato:
- Modalidad de Ciencias y Tecnología: 2 unidades con 42 puestos escolares.
- Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: 2 unidades con 42 puestos escolares.
c) Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
Instalaciones Eléctricas y Automáticas:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Laboratorio:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 1.
Puestos escolares: 30.
Soldadura y Calderería:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Instalaciones de Telecomunicaciones:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
d) Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior:
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Construcciones Metálicas:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Química Ambiental:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 1.
Puestos escolares: 30.
Segundo. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Huelva la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 18 de marzo de 2014
LUCIANO ALONSO ALONSO | |
Consejero de Educación, Cultura y Deporte |