Fecha de suscripción
Documento
Partes firmantes
Club Nautico de Gallineras
Agencia Pública de Puertos de Andalucía
Duración
El presente convenio entrara en vigor en el momento de su firma y tendrá una duración de cuatro años. Su prorroga sujeta a la vigencia de la concesión administrativa y al estricto cumplimiento de sus condiciones, así como de la normativa portuaria, será por el mismo plazo de cuatro años adicionales a los iniciales, previa solicitud de la entidad.
Objeto
Establecer la bonificación a aplicar en la cuota de la Tasa portuaria T-5 devengada a las embarcaciones que utilizan los amarres incluidos en las instalaciones gestionadas por la entidad, en correspondencia a las prestaciones que por tales entidades se realicen en favor de los fines que le son propios a esta Administración Pública portuaria, regulado en el artículo 56.V.II de referida Ley 21/2007, de 18 de diciembre.
Índice