Objeto
Establecer los terminos de colaboración entre la Agencia y el Ayuntamiento par ala ocupacion y utilización por este de las instalaciones del edificio de la Lonja Fluvial delpuerto de Barbate (Barbate, Cádiz) para el desarrollo y puesta en funcionamiento de aulas destinadas a las actividades culturales y de formación relacionadas en la estipulacion tercera del anexo num. 1
Obligaciones económicas
El Ayuntamiento se obliga en virtud del presente convenio a abonar anualmente a la Agencia, desde la fecha de la firma del presente convenio, en concepto de tasa por ocuopación privativa, calculada conforme a lo previsto en el artñ´ículo 63 de la Ley 21/2007, la cantidad de seis mil quinientos cincuenta y ocho euros con nueve centimos de euros (6.558,09 euros)y en concepto de tasa por aprovechamiento especial la cantidad de tres mil cuatrocientos treinta y nueve euros con trece centrimos (3.439,13 euros), ambas referidas al año 2020.