Fecha de suscripción
Documento
Partes firmantes
Agencia Pública de Puertos de Andalucía
Club de Actividades Náutico Deportivas de Chipiona
Duración
El presente convenio cuya vigencia se encuentra vinculada a la concesión administrativa referida en el antecedente segundo, entrará en vigor en el momento de su firma, y tendrá una duración de cuatro años. Su prórroga, que tambien esta sujeta a la vigencia de la referida concesión administrativa y al estricto cumplimiento de sus condiciones, asi como a la normativa portuaria, será por el mismo plazo máximo de cuatro aos adicionales a los iniciales, previa solicitud de la entidad.
Objeto
Establecer las condiciones que permitan a los miembros d ela entidad el derechoa a aplicar una bonificación en su contrato base, de conformidad con lo previsto en el artículo 56.V.I.3.c) de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Regimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.
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