Objeto
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante Agencia Estatal) asume la gestión recaudatoria ejecutiva de los ingresos de derecho público que se encomiende por la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Obligaciones económicas
El cobro de los títulos objeto del presente Convenio, sólo podrá realizarse por los órganos de recaudación de la Agencia Estatal o sus Entidades colaboradoras, por los medios y procedimientos establecidos para la recaudación en vía de apremio. Si se produjese el cobro por parte de la Comunidad Autónoma de algún derecho para el que se haya iniciado el procedimiento ejecutivo, deberá remitirse al órgano recaudador certificación acreditativa, con descargo de la parte certificada. En tal caso, el procedimiento continuará por la parte pendiente, si la hubiere, de deuda principal, recargo de apremio y costas producida.