Objeto
La Agencia Estatal de Administración Tributaria asume la gestión recaudatoria ejecutiva de aquellos recursos de derecho público de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante Comunidad Autónoma), así como de los recursos de derecho público de otras Administraciones cuya gestión recaudatoria hubiese asumido la Comunidad en virtud de Ley o del correspondiente Convenio, cuando así se lo encomiende la Comunidad Autónoma.
Obligaciones económicas
La gestión recaudatoria objeto del presente convenio se realizará en todo el territorio nacional, haciendo uso de los mismos medios de información y procedimientos técnicos que los utilizados para la recaudación ejecutiva de los derechos del Estado y sus Organismos Autónomos
Asimismo, en los términos y condiciones fijados por la Directiva 76/308/CEE, en el Real Decreto 704/2002, de 19 de julio, por el que se incorporan las modificaciones de determinadas Directivas comunitarias sobre asistencia mutua en materia de recaudación así como en su normativa de desarrollo, la gestión recaudatoria podrá extenderse a los demás Estados miembros de la Unión Europea.