Sector Público Empresarial de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2021

Información general

Sector Público Empresarial de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2021
Autoría
Dirección General de Patrimonio
Editado por
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Coedita/n
Servicio de Estudios y Publicaciones
Año de publicación
2023
Disponibilidad
Disponible
Tipo
Libro
Soporte
Electrónico
Idioma
Español
Colección
Directorio Empresas Andalucía
Materias
1. Aspectos básicos del Sector Público Empresarial de la Comunidad Autónoma de Andalucía., 2. Información singularizada del Sector Público Empresarial de la Comunidad Autónoma de Andalucía., 2.2.1 Agencias Públicas Empresariales, 2.2.2 Sociedades Mercantiles del Sector Público, Índice alfabético de empresas

Resumen de la publicación

El Decreto 9/1999, de 19 de enero, sobre Régimen Presupuestario, Financiero, de Control y Contable de las empresas de la Junta de Andalucía, en su artículo 14 asigna a la Dirección General de Patrimonio la elaboración, con carácter anual, de una memoria del sector público empresarial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La realización de este estudio tiene el propósito de ofrecer una visión de conjunto, así como facilitar información de la estructura financiera del sector público empresarial, de importancia creciente, teniendo en cuenta la rentabilidad social y económica de las actividades que realiza.

Esta publicación trasluce la voluntad del Gobierno andaluz de dotar de transparencia toda su labor, máxime en un sector, como es el sector público empresarial, cuyo mejor conocimiento por parte de los andaluces y andaluzas contribuirá indudablemente a una mejor valoración del mismo, dada su contribución tanto al crecimiento económico como a una prestación de servicios de calidad al conjunto de la sociedad andaluza.

El Sector Público Empresarial de la Junta de Andalucía, está integrado por las agencias públicas empresariales y por las sociedades mercantiles del sector público:

Las agencias públicas empresariales, según la definición recogida en la LAJA, son entidades públicas a las que se atribuye la realización de actividades prestacionales, la gestión de servicios o la producción de bienes de interés público, sean o no susceptibles de contraprestación, y que aplican técnicas de gestión empresarial en ejecución de competencias propias o de programas específicos de una o varias Consejerías, en el marco de la planificación y dirección de estas, pudiendo ser de dos tipos:

  • a) Aquellas que tienen por objeto principal la producción, en régimen de libre mercado, de bienes y servicios de interés público destinados al consumo individual o colectivo mediante contraprestación.
  • b) Aquellas que tienen por objeto, en ejecución de competencias propias o de programas específicos de una o varias Consejerías, y en el marco de la planificación y dirección de estas, la realización de actividades de promoción pública, prestacionales, de gestión de servicios o de producción de bienes de interés público, sean o no susceptibles de contraprestación, sin actuar en régimen de libre mercado.

Por su parte, el artículo 75 de la LAJA establece que tendrán la consideración de sociedades mercantiles del sector público andaluz las previstas en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía; esto es, aquéllas en cuyo capital sea mayoritaria la participación, directa o indirecta, de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus agencias y demás entidades de derecho público. Las sociedades mercantiles del sector público andaluz tendrán por objeto la realización de actividades comerciales o de gestión de servicios en régimen de mercado, actuando bajo el principio de la libre competencia.

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