Normativa legal vigente sobre el Riesgo de Incendios Forestales de Andalucía
Orden de publicación del Índice de Riesgo de Incendios Forestales de Andalucía
Se aprueba el índice de riesgo de incendios forestales de Andalucía, como herramienta de análisis del riesgo de incendio forestal en el territorio andaluz con los siguientes objetivos básicos:
- Facilitar el suministro de información a la ciudadanía, estableciendo unos índices claros, adaptados a la realidad de nuestro territorio.
- Modular o establecer prohibiciones o limitaciones en base a dicho índice, y no solamente en base a épocas de peligro preestablecidas, flexibilizando de esta forma la actividad regulatoria de la administración sobre la población. De forma accesoria se da cumplimiento de esta forma a lo establecido en el artículo 48.6 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
- Facilitar la toma de decisiones a nivel de planificación y operativo en base a dichos índices de riesgo por parte del operativo de extinción de incendios forestales (SEIF).
Medidas excepcionales de prevención de incendios forestales
La extraordinaria gravedad de la situación climática que se produjo en Andalucía durante los meses previos a la época de peligro alto de 2023 obligó a la implementación excepcional y temporal de una batería de medidas para prevenir incendios forestales que se recogieron en la Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad. El ámbito temporal de dichas medidas concluyó al finalizar la época de peligro medio, el 31 de octubre de 2023.
El buen resultado del paquete de medidas excepcionales que se establecieron en ella, para las épocas de peligro definidas en el anexo del Decreto 371/2010, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía, ligado al Índice de Riesgo de Incendios Forestales oficial para Andalucía, permitió la realización de trabajos forestales preventivos minimizando los riesgos de incendios forestales.
Esta experiencia positiva, aconseja continuar la senda marcada por la Resolución de 6 de julio de 2023 y establecer un conjunto de medidas preventivas similares que regularán la realización de actuaciones forestales, especialmente durante las épocas de peligro medio y alto de 2024.