Dirección Gerencia
Información general
Biografía
David Gil Sánchez ocupaba hasta el momento de su nombramiento como Secretario General de Interior, el cargo de director de gabinete de la Presidencia de la Diputación de Cádiz. Con amplia experiencia en el ámbito local en la provincia de Cádiz, ha sido primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Los Barrios entre julio de 2019 y septiembre de 2020. Con anterioridad, desde 2011 a 2015, fue diputado provincial de educación en el área de bienestar y, desde 2015 a 2019, fue vicepresidente de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, además de consejero delegado de la empresa pública Arcgisa. También ha desempeñado el puesto de coordinador de la Subdelegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en el Campo de Gibraltar hasta 2022. En ese mismo año asumió el cargo de delegado territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía en Cádiz hasta su nombramiento en agosto de 2023 como director de gabinete de la Presidencia de la Diputación de Cádiz. A la Secretaría General de Interior le corresponde, entre otras funciones, la dirección gerencia de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1 de los Estatutos de dicha Agencia.
Funciones
Le corresponden, sin perjuicio de las competencias de los órganos de gobierno, la dirección y representación legal ordinaria de la Agencia, la adopción de las medidas necesarias para la ejecución de las decisiones del Consejo Rector y de la Presidencia, así como:
a) Formular la propuesta del plan inicial de actuación con el ámbito temporal que se dispone en el artículo 58.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y sus modificaciones, así como la propuesta de plan plurianual de actuación y sus modificaciones.
b) Formular la propuesta del Plan de acción anual y sus modificaciones.
c) Formular y elevar al Consejo Rector la propuesta de Memoria anual de actividad correspondiente al año inmediatamente anterior, en la cual se informará también sobre el seguimiento del plan anual de actuación.
d) Elevar al Consejo Rector el borrador del anteproyecto de estado de gastos de presupuesto anual de la Agencia.
e) Formular y elevar al Consejo Rector el Plan de igualdad en el empleo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre.
f) Actuar como órgano de contratación de la Agencia y celebrar en su nombre los contratos y encargos de ejecución relativos a los asuntos propios de la misma.
g) Elevar al Consejo Rector la propuesta de suscripción de convenios relativos a las competencias de la Agencia.
h) Formular y elevar al Consejo Rector la propuesta de relación de puestos de trabajo y del catálogo de puestos de trabajo.
i) Autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y ordenar pagos, conforme a la normativa aplicable y salvo en los casos reservados por Ley a la competencia del Consejo de Gobierno o de la Consejería competente en la materia.
j) Resolver los procedimientos de concesión de subvenciones.
k) Elaborar la propuesta del contrato de gestión, así como la participación en las negociaciones subsiguientes con los órganos correspondientes de la Consejería competente en materia de hacienda y de administración pública.
l) Gestionar el patrimonio y administrar los recursos económicos de la Agencia.
m) Proponer a la Presidencia el desarrollo de la estructura organizativa de la Agencia, dentro del marco de actuación fijado en el contrato de gestión.
n) Proponer a la Presidencia el nombramiento y cese del personal directivo, contratar al personal laboral de la Agencia, así como asignarlo a los puestos propios de este personal y declarar la extinción de los contratos de trabajo en los supuestos en que proceda de conformidad con la legislación laboral.
ñ) Resolver los procedimientos disciplinarios que se sigan contra el personal al servicio de la Agencia.
o) Dictar instrucciones en las materias competencia de la Agencia.
p) La coordinación general en materia de transparencia y la coordinación de las tareas necesarias para el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de aquellos tratamientos de datos personales que realice en el desarrollo de sus competencias.
q) Todas aquellas que le sean expresamente atribuidas por la normativa vigente y las que le sean delegadas por la Presidencia y el Consejo Rector, o que, siendo propias de la Agencia o necesarias para su funcionamiento, no estén expresamente atribuidas a otro órgano.
r) Designar a la persona delegada de protección de datos de la Agencia.