Acuerdo de colaboración para implementar mejoras en la atención a las personas con trastorno mental grave en situaciones de emergencia.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejero de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Consejera de Salud y Consumo
Duración
El presente acuerdo producirá efectos desde el día de su firma y tendrá una vigencia inicial de cuatro años, que se prorrogará automáticamente por periodos de idéntica duración, a menos que una de las partes comunique por escrito a la otra su voluntad de darlo por extinguido. La comunicación deberá presentarse con una antelación mínima de tres meses al vencimiento del plazo de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.

Objeto

El presente acuerdo tiene por objeto establecer la regulación de las actuaciones conjuntas a desarrollar entre la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía y la Consejería de Salud y Consumo, encaminadas a facilitar el acceso de las personas que padecen trastorno mental grave a recursos normalizados prestados por las administraciones públicas, ante situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe, calamidad pública u otras en las que resulten necesaria la intervención conjunta y coordinada de ambas partes.

Obligaciones económicas

De las actuaciones previstas en el presente acuerdo no se derivan contraprestaciones de naturaleza económica para las partes firmantes, más allá de las derivadas del normal funcionamiento de los servicios públicos a que se refiere.

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