Funciones
El Consejo Rector es el órgano superior de la Agencia, ostenta la alta dirección, gobierna la entidad y establece las directrices de actuación de la misma, de conformidad con las fijadas por la Consejería competente en materia de educación.
El Consejo Rector estará constituido por:
a) La Presidencia, que corresponderá a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. b) La Vicepresidencia, que será desempeñada por la persona titular de la Viceconsejería competente en materia de educación. c) Vocalías:
1.º Las personas titulares de los órganos directivos centrales de la Consejería competente en materia de educación.
2.º Una persona representante de la Consejería competente en materia de hacienda, con rango al menos de Dirección General, designada por la persona titular de dicha Consejería.
3.º Una persona representante de la Consejería competente en materia de economía, con rango al menos de Dirección General, designada por la persona titular de dicha Consejería.
4.º La persona que ostente la Dirección General de la Agencia.
La Secretaría, que asistirá al Consejo Rector con voz pero sin voto, será desempeñada por una persona de la Agencia con licenciatura o grado en Derecho, designada por el Consejo Rector a propuesta de la Presidencia, cesando por revocación de su designación