

Articular un marco de colaboraciópn entre el Instituto y la Universidad de Sevilla para la ejecución de fines comunes en actividades docentes, de investigación y de cualquier otro ámbito de interés mutuo mediante el establecimiento de convenios específicos.
Del presente convenio no se deriva contraprestación económica alguna entre las partes, sin perjuicio de aquellas obligaciones de contenido económico que puedan surgir de los instrumentos específicos de colaboración.