Convenio de colaboración entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo, para la celebración de las Jornadas «20 años de la Ley General de Subvenciones»

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Director del Instituto Andaluz de Administración Pública
Presidente de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo (AEPDA)
Duración
El presente convenio entrará en vigor el día siguiente al de su firma, una vez observadas las formalidades y trámites legales que resulten preceptivos y sus
disposiciones regirán hasta la completa finalización de las jornadas que lo motiva, no pudiendo exceder dicho plazo de un año.

Objeto

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Instituto y la Asociación para la organización del Congreso «20 años de la Ley General de Subvenciones» que se va a celebrar en Sevilla los días 26 a 28 de enero de 2023. La finalidad de este Congreso es hacer balance de los aspectos más problemáticos de la ley, cuando se van a cumplir dos décadas desde su aprobación, planteando posicionamientos y propuestas que permitan afrontarlos. Para dicho análisis se quiere una participación amplia que abarque tanto el aspecto doctrinal y científico como su aplicación práctica. Por ello, dicho balance presenta un gran interés tanto para los empleados públicos de la Junta de Andalucía como para los operadores jurídicos de nuestro ámbito territorial, en la medida en que aquellos y estos aplican dicha ley.

Obligaciones económicas

Para  la ejecución del  presente convenio las  partes asumen  sus  obligaciones económicas en función de sus disponibilidades presupuestarias. En concreto, el Instituto  abonará los gastos generados  por  los  compromisos  adquiridos en la cláusula anterior,  en concreto por la gestión de parte de la secretaría técnica del Congreso, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.226.06 de su presupuesto de gastos hasta un máximo de 6.000 euros, IVA incluido.

La  Asociación  asumirá  los  gastos  necesarios  para  la  celebración  del  Congreso  aportando todos los medios personales y materiales necesarios para ello, con cargo a su presupuesto. 

No  obstante,  teniendo  en  cuenta  la  duración  del  presente  convenio,  cualquier  modificación futura que se produzca en relación con la asignación de cantidades en la  forma establecida anteriormente motivará las oportunas actuaciones presupuestarias, de acuerdo con lo establecido en la respectiva normativa.

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