Cancelación de la inscripción

Para la cancelación de la inscripción deberá acreditarse la existencia de algunos de los casos siguientes:

  • Muerte o declaración de fallecimiento de alguno de sus integrantes.
  • Matrimonio de la pareja o de uno de sus miembros.
  • Mutuo acuerdo.
  • Voluntad unilateral de uno de sus integrantes.
  • Cese efectivo de la convivencia por un período superior a un año.
  • Traslado de la residencia habitual de ambos miembros de la pareja de hecho fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía
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