Cancelación de la inscripción
Para la cancelación de la inscripción deberá acreditarse la existencia de algunos de los casos siguientes:
- Muerte o declaración de fallecimiento de alguno de sus integrantes.
- Matrimonio de la pareja o de uno de sus miembros.
- Mutuo acuerdo.
- Voluntad unilateral de uno de sus integrantes.
- Cese efectivo de la convivencia por un período superior a un año.
- Traslado de la residencia habitual de ambos miembros de la pareja de hecho fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía
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