Requisitos de la inscripción
Para la Inscripción de una pareja de hecho deberán acreditarse documentalmente las siguientes circunstancias:
- Identificación personal.
- Estado civil.
- Ser mayores de edad o menores emancipados.
- No estar incapacitados judicialmente.
- No estar ligados con vínculo matrimonial, ni formar pareja estable no casada con otra persona, ni ser pareja de hecho anteriormente inscrita en el Registro o en cualquiera de los Registros de uniones o parejas de hecho creados por los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que conste inscripción de baja por disolución de la pareja de hecho.
- Tener residencia habitual, al menos uno de los miembros, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- No ser parientes en línea recta por consanguinidad o adopción ni colaterales por consanguinidad en segundo grado.
- Declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho.
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