Presidencia
Información general
Biografía
Nacida en Ronda (Málaga) en 1971, Amelia Martínez Sánchez es funcionaria de carrera del cuerpo de auditores de la Cámara de Cuentas de Andalucía desde 2008. Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Sevilla, ha sido coordinadora del Departamento de la Junta de Andalucía de la Cámara de Cuentas de Andalucía (2011) y consejera de la Cámara de Cuentas de Andalucía, desde ese mismo año hasta septiembre de 2019. En esa fecha, asumió el cargo de Interventora General de la Junta de Andalucía, puesto que ha desempeñado hasta el momento de su nombramiento como Viceconsejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en agosto de 2022.
Funciones
Las atribuciones de la Presidencia de la Agencia IDEA son las siguientes:
a) La representación de la Agencia y de su Consejo Rector. b) Dirigir las tareas del Consejo Rector, ordenar la convocatoria de sus reuniones y de sus comisiones ejecutivas o consultivas, fijar el orden del día de las reuniones, presidirlas, dirigir las deliberaciones, dirimir los empates con su voto de calidad y levantar las sesiones. c) Proponer al Consejo Rector el nombramiento y cese de las personas titulares de la Subdirección General y de la Secretaría General. d) Autorizar la constitución de sociedades o la participación directa en empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, sin perjuicio de la aprobación por el Consejo Rector o la ratificación por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, si la misma comporta un compromiso de gasto o riesgo superior a la cantidad establecida en el artículo 10.g) y h) de los presentes Estatutos, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 3/1987, de 13 de abril, y de conformidad con lo establecido en la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. e) Autorizar las actuaciones en las sociedades mayoritariamente participadas por la Agencia, cuando así sea preceptivo, conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del presente artículo. f) Autorizar la enajenación de acciones y participaciones sociales, sin perjuicio de la aprobación por el Consejo Rector o la ratificación por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, si la misma comporta un riesgo superior a la cantidad establecida en el artículo 10.g) y h) de los presentes Estatutos, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 3/1987, de 13 de abril, y de conformidad con lo establecido en la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. g) Las demás atribuciones que se le confieran en los Estatutos de la Agencia IDEA y todas aquéllas que le delegue el Consejo Rector o que le correspondan de conformidad con la normativa vigente.