Dirección general de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA

Información general

Miguel Ángel Figueroa Teva Director General Agencia IDEA
Titular
Miguel Ángel Figueroa Teva
Sede
Centro Corporativo Agencia IDEA
Calle Leonardo Da Vinci, 17A, PCT Cartuja
Sevilla, 41092
Correo electrónico:

Biografía

Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía, el nuevo director general de IDEA es licenciado en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad de Granada. Ha sido interventor delegado de la Consejería de Educación (2005-2009); interventor delegado de la Consejería de Hacienda y Administración (2009-2013); interventor de Control Financiero (2013-2017) y director de la División de Control de Gasto Público Sanitario de la Intervención General de la Junta de Andalucía e interventor central del SAS, entre 2017 y 2018. En esa fecha, asumió el cargo de director de Participadas III, en la División de Desarrollo Rural, Alimentación y Medio Ambiente, de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), puesto que desempeñó hasta su nombramiento como director general de la Agencia IDEA en el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía celebrado el 30 de agosto de 2022.

Funciones

La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, es una agencia pública empresarial dotada de personalidad jurídica pública diferenciada de la Administración de la Junta de Andalucía, patrimonio y tesorería propios, con plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, así como de autonomía de gestión y administración, a la que corresponde con carácter general la promoción y desarrollo de la actividad económica de Andalucía.

La Agencia fue creada con la denominación de Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) por la Ley 3/1987, de 13 de abril, que fue desarrollada por el Decreto 122/1987, de 6 de mayo, por el que se aprobó su Reglamento General. A partir de 1 de enero de 2005, el Instituto de Fomento de Andalucía pasa a denominarse Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).

Para la realización de su objeto, la Agencia IDEA tiene asignadas las siguientes funciones:

  • Favorecer el desarrollo económico de Andalucía y mejorar su estructura productiva mediante la constitución de sociedades mercantiles o participación en sociedades ya constituidas, la concesión de créditos, préstamos y avales a empresas y, en general, la realización de todo tipo de operaciones mercantiles que tengan relación con la promoción económica de Andalucía.
  •  Impulsar la mejora de los elementos determinantes para potenciar la competitividad de las empresas andaluzas.
  • Dirigir y controlar las empresas participadas mayoritariamente por la Agencia, cualquiera que sea su forma jurídica o denominación.
  • Contribuir al desarrollo económico de Andalucía, ofreciendo los mejores servicios a las empresas andaluzas y a las personas emprendedoras, fomentando el espíritu empresarial, la innovación, la cooperación en el sistema ciencia-tecnología-empresa y la competitividad de las estructuras productivas de la Comunidad Autónoma.
  • Promover, establecer y facilitar los medios que contribuyan a la mejora de la gestión y de las relaciones de cooperación de las empresas de Andalucía entre sí y con los distintos mercados.
  • Fomentar la innovación en las empresas de nuevas tecnologías de carácter estratégico.
  • Cooperar con otras administraciones, organismos o entidades públicas o privadas, que tengan como finalidad contribuir al desarrollo económico de Andalucía, así como con Agencias de Desarrollo Regional de la Unión Europea, y en general, con las de países históricamente vinculados a Andalucía.
  • Favorecer la captación de inversiones extranjeras para Andalucía con el fin de consolidar su tejido productivo.
  • Promover la creación de parques tecnológicos, industriales y empresariales y Centros de Innovación Tecnológica y gestionarlos, o en su caso, participar en la gestión de los mismos, directamente o a través de sus empresas participadas, sin perjuicio de las que competen a otras entidades, públicas o privadas.
  • Cualquier otra actividad, relacionada con el epígrafe i), incluso la construcción, arrendamiento y enajenación de edificaciones, para la consecución de sus propios fines.
  • Realizar las actuaciones de carácter técnico, material, jurídico o de servicios que, en relación con materias de su competencia, le encomienden la Administración de la Junta de Andalucía, otras Administraciones Públicas o incluso las que conviniere con la iniciativa privada.
  • Gestionar los Fondos sin personalidad jurídica los que se refiere  el artículo 5.3 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en los supuestos que conforme a la normativa reguladora que resulte de aplicación, se le atribuya la condición de entidad gestora o entidad colaboradora
  • Cualesquiera otras funciones que tengan como finalidad la promoción y el desarrollo económico de Andalucía, con especial incidencia en la innovación, la industria y el desarrollo tecnológico que se le atribuyan por disposición legal o reglamentaria.

El órgano de dirección de la Agencia IDEA al que corresponde la gestión ordinaria del organismo y el ejercicio de las facultades, competencias y potestades administrativas es la Dirección General. A ésta le corresponden las siguientes atribuciones:

  • Elevar y proponer al Consejo Rector cuantos asuntos hayan de ser objeto de su consideración y, concretamente, los siguientes para su aprobación: el Plan Estratégico de la Agencia, las propuestas de programa de inversiones plurianuales, programa de actuación, inversiones y financiación y anteproyecto de presupuesto para su posterior aprobación por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, así como los datos y documentación necesaria para la formulación por el Consejo Rector del balance, cuentas de pérdidas y ganancias y memoria explicativa de la gestión de la Agencia.
  • Proponer al Consejo Rector para su aprobación la estructura de la Agencia y sus modificaciones.
  • Desarrollar la estructura organizativa y determinar la plantilla de personal dentro de los criterios y directrices aprobadas por el Consejo Rector.
  • Velar por el cumplimiento de estos Estatutos y de los acuerdos adoptados por el Consejo Rector y sus Comisiones, adoptando las resoluciones precisas para ello.
  • Informar al Consejo Rector y, en su caso a las Comisiones, así como a la Presidencia, de su actuación y de cuantos asuntos conciernan a la gestión de la Agencia.
  • Actuar como órgano de contratación y celebrar los contratos y suscribir los convenios que sean necesarios para el cumplimiento de los fines de la Agencia, y ejerciendo las prerrogativas que atribuye el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en particular, las de interpretación, modificación y resolución de los contratos.
  • Ordenar los gastos y los pagos de la Agencia y de sus empresas conforme a lo establecido en los presentes Estatutos.
  • Llevar la firma del Ente Público.
  • Disponer las actuaciones e inversiones de la Agencia y sus empresas cuyo gasto, compromiso de pago o riesgo no exceda de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 euros), a excepción de los gastos de personal y mantenimiento, para los que podrá disponer el gasto que suponga la nómina y facturación mensual.
  • Proponer al Consejo Rector las actuaciones e inversiones de la Agencia y de sus empresas cuyo compromiso de pago, gasto o riesgo sea superior a cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 euros) e inferior o igual a tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos (3.005.060,52 euros).
  • Instar al Consejo Rector, para que éste eleve la propuesta al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, la autorización de actuaciones e inversiones de la Agencia y de sus empresas cuyo compromiso de pago, gasto o riesgo sea superior a tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos (3.005.060,52 euros). La autorización del Consejo de Gobierno llevará implícita, en su caso, la aprobación del gasto correspondiente.
  • Realizar operaciones financieras de cualquier índole para el normal desarrollo de la actividad de la Agencia.
  • Ejercer la potestad subvencionadora con todas las facultades conforme a la legislación vigente.
  • Ceder temporalmente a entidades públicas o privadas de carácter benéfico social para el cumplimiento de sus fines, bienes patrimoniales cuya explotación no se considere necesaria para la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.
  • Ejercer la dirección de todos los servicios y del personal de la Agencia, así como su evaluación e inspección, incluyendo la dirección funcional del personal funcionario que conforme al artículo 69.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, pase a prestar servicios en la Agencia.
  • Nombrar y separar a las personas titulares de la estructura directiva de la Agencia cuando tengan la condición de personal funcionario, dando cuenta al Consejo Rector, así como establecer el régimen de sustituciones de éstas en caso de enfermedad, ausencia o impedimento legal.
  • Nombrar y cesar a las personas de la estructura directiva así como a los representantes de la Agencia en las sociedades y empresas participadas, así como a los miembros de los órganos de administración de éstas cuando a la Agencia le corresponda esta facultad.
  • Contratar al personal de la Agencia, incluidas las personas directivas, y fijar su retribución, con arreglo a lo establecido en el correspondiente convenio colectivo.
  • Otorgar toda clase de poderes de representación, conforme a las autorizaciones aprobadas por el Presidente.
  • El ejercicio de acciones administrativas y judiciales ante cualquier orden jurisdiccional en defensa de los intereses de la Agencia así como la defensa en los procedimientos incoados contra ésta, a través de los Letrados del Servicio Jurídico de la Agencia, que ejercerán con carácter general la representación y defensa en juicio del organismo, o designando en su caso, personas que ejerzan la abogacía y la procuraduría para la defensa y la representación de ésta ante los Juzgados y Tribunales.
  • Resolver las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales contra la Agencia y los recursos de alzada contra actos administrativos dictados por las Gerencias Provinciales cuando éstos no agoten la vía administrativa.
  • Ejercer las prerrogativas que la Agencia tiene sobre sus bienes según la legislación básica del Estado, la legislación patrimonial de la Comunidad Autónoma, y demás legislación vigente.
  • Ejercer las funciones que en ella hayan delegado el Consejo Rector, la Presidencia, u otros órganos de la Junta de Andalucía así como aquéllas que no estén conferidas expresamente a otros órganos de la Agencia por los presentes Estatutos.
  • Formular las cuentas anuales y el informe de gestión.
  • La fe pública y certificación de actos y acuerdos de los órganos de la Agencia.

Unidades

Subdirección General
Secretaría General
Dirección Económica-Financiera
Dirección de Financiación Empresarial
Responsable: Antonia Álvarez Ruiz
Dirección de Espacios de Innovación y Sectores Estratégicos
Dirección de Inversiones Estratégicas
Gerencia Provincial de la Agencia IDEA en Almería
Gerencia Provincial de la Agencia IDEA en Cádiz
Gerencia Provincial de la Agencia IDEA en Córdoba
Gerencia Provincial de la Agencia IDEA en Granada
Gerencia Provincial de la Agencia Idea en Huelva
Gerencia Provincial de la Agencia IDEA en Jaén
Gerencia Provincial de la Agencia IDEA en Málaga
Gerencia Provincial de la Agencia IDEA en Sevilla
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