Oferta de empleo - Director/a Espacios de Innovación y Sectores Estratégicos
Información general
- Un mínimo de DOS años de experiencia en el desempeño de funciones directivas y un mínimo de UN año de experiencia en el ámbito del sector público. No obstante, el requisito de experiencia en el sector público podrá ser sustituido por la posesión de un título formativo oficial en el área de dirección y gestión en el sector público.
- No estar incurso/a en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
- Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Funciones
Sus funciones consistirán en diseñar, proponer y dirigir las políticas de actuación de la Agencia con el objeto de configurar ecosistemas competitivos en Andalucía, promoviendo su localización en los espacios de innovación y productivos; todo ello en base a los objetivos estratégicos, y su alineación con las estrategias de innovación e industria de la Junta de Andalucía. Será responsable de la gestión del patrimonio no financiero de la Agencia y de la cartera de participaciones en sociedades. Asimismo, será garante del cumplimiento de las normativas de aplicación que afecten a sus ámbitos competenciales, así como de la ejecución presupuestaria de su ámbito de responsabilidad, garantizando la calidad y eficiencia del servicio que se presta mediante la gestión del equipo humano de su Dirección.
Las funciones a desarrollar se establecen en el artículo 35.5 del Decreto 122/2014, de 26 de agosto, por el que se modifican los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, aprobados en el Decreto 26/2007, de 6 de febrero, “Las personas directivas desempeñarán las funciones que tengan asignadas, con carácter de responsabilidad profesional, personal y directa, sobre la gestión desarrollada, si bien sometidas al control y evaluación de su gestión por la Dirección General”. Así como, en el apartado 6 describe que “las personas directivas actuarán bajo dependencia funcional de la Dirección General en el desarrollo y ejecución de las funciones propias de sus cargos, sin perjuicio de las competencias del resto de órganos de gobierno y gestión de la Agencia.”