PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN PARA LA CONMEMORACIÓN DEL CENTENARIO DEL CONCURSO DE CANTE JONDO CELEBRADO EN GRANADA EN 1922

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, el Patronato de la Alhambra y Generalife, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación de Granada, la Universidad de Granada, el Centro Artístico, Literario y Científico de Granada, la Fundación Archivo Manuel de Falla, la Peña Flamenca la Platería, el Festival Internacional de Poesía de Granada, el Consorcio Festival Internacional de Música y Danza de Granada, la Fundación Federico García Lorca, el Consorcio Centro Federico García Lorca y la European Guitar Foundation
Duración
El Protocolo tendrá una duración de dos años desde la fecha de su firma, siendo prorrogable por un año más, previo acuerdo expreso de las partes mediante la formalización de la correspondiente adenda, con anterioridad a la finalización del plazo inicialmente acordado.

Objeto

El presente protocolo tiene por objeto establecer el marco de colaboración y coordinación entre las partes que lo suscriben (La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, el Patronato de la Alhambra y Generalife,  la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación de  Granada, la Universidad de Granada, el Centro Artístico, Literario y Científico de Granada, la Fundación Archivo Manuel de Falla, la Peña Flamenca la Platería, el Festival Internacional de Poesía de  Granada, el Consorcio Festival Internacional de  Música y Danza de Granada, la Fundación Federico García Lorca, el Consorcio Centro Federico García Lorca y la  European Guitar Foundation), implicando a las instituciones firmantes y promoviendo la participación del sector cultural vinculado al flamenco en la conmemoración del centenario del Concurso de Cante Jondo, celebrado en Granada en 1922.

Obligaciones económicas

El Protocolo no supone gasto ni dará lugar a contraprestación financiera entre las partes firmantes.

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