Contratos, ayudas y subvenciones de Publicidad Institucional

Normativa

La actividad publicitaria de la Administración de la Junta de Andalucía, así como de los organismos, entidades de Derecho público y sociedades mercantiles vinculadas o dependientes de aquélla, se encuentra actualmente regulada en la siguiente normativa:

Qué se entiende por actividad publicitaria

  1. Promover valores y conductas que consoliden la democracia, la libertad, la convivencia y la solidaridad.
  2. Implicar a la ciudadanía andaluza en el objetivo de lograr una sociedad cohesionada y avanzada en cuanto a conciencia cívica y progreso económico y social.
  3. Informar a la ciudadanía de sus derechos y obligaciones.
  4. Promover el ejercicio de derechos o el cumplimiento de deberes en condiciones de igualdad.
  5. Fomentar actitudes y comportamiento de la ciudadanía en relación a bienes o servicios públicos de carácter educativo, cultural, social, sanitario, de fomento de empleo u otros de análoga naturaleza.
  6. Favorecer la existencia de hábitos saludables, individual o colectivamente.
  7. Difundir la imagen de Andalucía o del ámbito de cada Administración con fines de promoción turística.
  8. Informar sobre la existencia, composición y funcionamiento de las instituciones públicas.
  9. Informar, con carácter general, sobre los proyectos y resultados en la gestión pública.

La citada información puede consultarse en el siguiente enlace dentro de la Publicidad Activa de la Junta de Andalucía (Portal de Transparencia):

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