Información sobre Elecciones al Parlamento de Andalucía 2022

La organización y desarrollo de las elecciones se regirá por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General; la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía; el Decreto 344/2011, de 22 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de los locales y elementos materiales a utilizar en las elecciones al Parlamento de Andalucía, y por la restante normativa que sea de aplicación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la Ley Electoral de Andalucía, el número de Diputados y Diputadas a elegir en cada circunscripción es el siguiente: Almería 12, Cádiz 15, Córdoba 12, Granada 13, Huelva 11, Jaén 11, Málaga 17 y Sevilla 18.

Web Elecciones Parlamento de Andalucía 2022

La Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior pone a disposición de la ciudadanía la Web de Elecciones Parlamento de Andalucía 2022, en la que se puede encontrar toda la información relacionada con el proceso electoral.

Campañas informativas

Desde aquí se puede acceder a los vídeos de campañas institucionales informativas que se han realizado con motivo de las elecciones, y que se emiten en espacios gratuitos de los medios de comunicación públicos.

Consulta el censo electoral
Quienes deseen consultar sus datos de inscripción pueden hacerlo personalmente y si dispones de certificado digital o firma electrónica puedes consultarlo a través de la sede electrónica del INE.

Cómo votar
Para ejercer el derecho al voto debes identificarte con DNI, permiso de conducir o pasaporte en tu colegio electoral. Puedes encontrar más información en el apartado "el voto y sus modalidades".

Voto por correo desde España
Más información en  "voto por correo desde el interior de España".

Voto de residentes permanentes en el extranjero (CERA)
Si resides en el extranjero, dispones de inscripción en el Censo electoral de residentes ausentes (CERA). Más información en la Oficina del Censo Electoral.

Voto de residentes temporalmente en el extranjero (ERTA)
Si resides temporalmente en el extranjero, puedes hacerlo acudiendo a la oficina consular de la demarcación en que te encuentres para solicitarlo.

Voto accesible Braille
Si tienes una discapacidad visual superior al 33%, conoces el sistema braille y deseas votar, puedes ejercer tu derecho con plena autonomía. Más información en "voto accesible".

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