Seguridad Interior en la Administración de la Junta de Andalucía
En el área de actividad de policía y seguridad interior, las competencias referidas a la seguridad de los edificios e instalaciones de la Administración de la Junta de Andalucía consisten, por un lado, en coordinar la evaluación de las necesidades de protección contra los riesgos intencionales, así como en impulsar y supervisar la protección contra este riesgo. Por otro, en asesorar para la implantación y mantenimiento de los sistemas de seguridad contra intrusión en los edificios e instalaciones de la Administración.
Funciones
Seguridad interior es la actividad que desarrolla la Organización para la protección de sus propios activos contra riesgos intencionales.
En este ámbito material, el Servicio de Seguridad:
- Proporciona soporte técnico y administrativo a la Unidad Corporativa de Seguridad Interior en el ejercicio de su labor de asesoramiento al Comité Corporativo de Seguridad Interior y en la ejecución de sus decisiones y acuerdos.
- Impulsa y gestiona la elaboración y actualización periódica del Plan Corporativo de Seguridad Interior y del Modelo de Seguridad Interior de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Asesora y coordina técnicamente el funcionamiento del sistema de seguridad interior en sus niveles corporativo, de Consejerías y Organismos, y territorial. También el despliegue y actualización periódica del conjunto de planes que ordenan la actividad del sistema.
- Proporciona a los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía y su organización instrumental asesoramiento para la contratación de bienes y servicios para la seguridad, informando con carácter preceptivo tanto la justificación de la necesidad, como la adecuación de las medidas y las prescripciones técnicas.
- Por vía de informe (como Organismo Técnico Especializado, cuando procede), y a su solicitud, en cualquier caso, aporta a los órganos de contratación, la colaboración técnica precisa para valorar los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. Incluso aportando miembros como vocales o especialistas a mesas de contratación y comités de expertos.
- Audita, a instancia de sus responsables, el análisis de riesgos intencionales y las medidas de seguridad implantadas en los edificios de la Administración de la Junta de Andalucía y su organización instrumental.
- Elabora indicaciones para una correcta instalación, gestión y funcionamiento de los sistemas de seguridad que protejan a los edificios ante el riesgo de intrusión.
- Supervisa, a instancia de sus responsables, la calidad técnica de la prestación que realizan los contratistas de seguridad en edificios públicos.
Contratación de bienes y servicios para la protección de edificios e instalaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus Agencias ante el riesgo de intrusión
Es una actividad regulada a través del Decreto 56/2017, de 11 de abril por el que se regula la participación de la Consejería competente en materia de seguridad en la contratación de bienes y servicios para la protección de edificios e instalaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus Agencias ante el riesgo de intrusión.
Como apoyo al trabajo de los órganos de contratación, se ofrecen a continuación diferentes modelos que pueden ser de utilidad en la elaboración de los Pliegos de Prescripciones Técnicas adecuados a distintas circunstancias y necesidades de seguridad que pueden concurrir en unos u otros edificios o instalaciones.
- Descarga el modelo de Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir la realización de la prestación de servicios integrados (Modalidad Vigilancia) para la seguridad del Edificio (odt)
- Descarga el modelo de Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir la realización de la prestación de servicios integrados (Modalidad Vigilancia y Mantenimiento de Sistemas con Gestión de Alarmas) para la seguridad del Edificio (odt)
- Descarga el modelo de Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir la realización de la prestación de servicios integrados (Modalidad Vigilancia y Mantenimiento de Sistemas) para la seguridad del Edificio (odt)
- Descarga el modelo de Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir la realización de la prestación de servicios integrados (Modalidad Mantenimiento de Sistemas con Gestión de Alarmas) para la seguridad del Edificio (odt)
Normativa
Estatal
- Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
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Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
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Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
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Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada.
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Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada.
- Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.