Convenio de asistencia jurídica entre la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE)

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
La Presidenta del Consejo Rector de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE)
Duración
El presente Convenio producirá efectos desde el momento de su firma y tendrá una duración de 4 años, pudiendo prorrogarse, por un máximo de 4 años, por acuerdo unánime de los firmantes, en los términos del artículo 49.h) 2º de la ley 40/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 52.3 de dicha Ley respecto a las actuaciones en curso de ejecución.

Objeto

El presente Convenio tiene por objeto la prestación de asistencia jurídica a la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), por medio de los Letrados y las Letradas de la Junta de Andalucía integrados en el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, comprendiendo la representación y defensa en juicio de la Agencia en los términos y respecto a los procedimientos judiciales indicados en el presente Convenio.

Modificaciones

El conocimiento de todas las cuestiones que puedan surgir en cuanto a su interpretación, modificación, resolución y efectos deberán solventarse por mutuo acuerdo de las partes, en el seno de la Comisión de Seguimiento instaurada en la cláusula sexta.

Obligaciones económicas

A efectos de la financiación del presente Convenio, la Agencia ingresará en la Tesorería de la Junta de Andalucía (concepto convenio de asistencia jurídica-Gabinete Jurídico), la cantidad que a continuación se indica, que se destinará a la finalidad establecida en el artículo 39.2 del ROFGJ, en los términos contemplados en el artículo 91.2 del mismo texto normativo, sin perjuicio de su imputación concreta al presupuesto correspondiente de acuerdo con lo dispuesto en la legislación presupuestaria. Una cantidad única de veintiún mil euros (21.000 euros), que debe ser ingresada antes de que termine el año 2024, por la representación y defensa en cada uno de los procedimientos judiciales objeto de asistencia jurídica de este Convenio, que incluiría tanto la primera instancia como los recursos ordinarios que pudieran interponerse por la Agencia.

Índice