Protocolo General de actuación entre la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y la Fundación Víctimas del Terrorismo, para la promoción y realización de actividades para ayudar a las víctimas del terrorismo

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
El Presidente de la Fundación Víctimas del Terrorismo F.S.P
Duración
El Protocolo entrará en vigor a partir de la fecha de la firma y tendrá una duración de cuatro años. Podrá prorrogarse por otros cuatro años mediante acuerdo expreso de las partes.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del Protocolo podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

Objeto

El presente Protocolo tiene por objeto establecer un marco general de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Fundación Víctimas del Terrorismo para fomentar las actividades de interés general que la Fundación Víctimas del Terrorismo desarrolla en cumplimiento de sus fines.

Modificaciones

Cualquier cambio o modificación que se produzca con posterioridad a la firma del Protocolo habrá de realizarse por acuerdo unánime de las partes, formalizado en Adenda suscrita a dichos efectos.

Obligaciones económicas

El presente Protocolo no genera compromisos jurídicos ni contraprestaciones económicas para ninguna de las partes firmantes. No implica gastos para estas, no suponiendo un incremento del gasto público, ni disminución de los ingresos de igual naturaleza, ni conllevando ningún compromiso presupuestario adicional para las partes.

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