Convenio de colaboración entre la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos, para la formación en emergencias del personal colegiado
Objeto
Constituye el objeto del presente convenio acordar la realización de actuaciones conjuntas entre la Administración Autonómica y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos para garantizar una respuesta adecuada de la estructura colegial de los arquitectos con relación a las edificaciones de su competencia profesional, para las contingencias de catástrofes naturales o emergencias que requieran de una respuesta inmediata y coordinada. Asimismo, es objeto de este convenio la creación e implantación de grupos provinciales de arquitectos expertos en evaluación de daños en edificaciones y la formación en emergencias del personal colegiado.
Modificaciones
Cualquier modificación del presente convenio podrá adoptarse siempre antes de la finalización de su plazo de vigencia originario y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento. La modificación observará los mismos requisitos formales exigidos para el otorgamiento del presente convenio.
Obligaciones económicas
De las actuaciones previstas en el presente convenio no se derivan contraprestaciones de naturaleza económica para las partes firmantes, más allá de las correspondientes al normal funcionamiento de los servicios operativos a que se refiere.