Plan de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondiente a los establecimientos Termosolar HELIOENERGY 1 y Termosolar HELIOENERGY 2, ambos en Écija (Sevilla)

Información general

Organismo
  • Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Instrumentos de aprobación

Decreto 76/2024, de 19 de marzo, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Deretil, S.A., en Cuevas de Almanzora (Almería); Geocycle, S.A.U., en Albox (Almería); CLH, S.A., en Málaga; Solnova, S.A., en Sanlúcar la Mayor (Sevilla); Solucia, S.A., en Lebrija (Sevilla), y Helioenergy, S.A., en Écija (Sevilla)

Fecha de aprobación
Descripción

El Decreto 76/2024, de 19 de marzo, aprueba los Planes de Emergencia Exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes entre otros establecimientos a: Termosolar HELIOENERGY 1 y Termosolar HELIOENERGY 2, ambos en Écija (Sevilla).

El Plan de Emergencia Exterior está destinado a hacer frente a situaciones puntuales que entrañen un grave riesgo para personas y bienes, o que representen, también de forma grave, un riesgo de contaminación del medio ambiente. En general, en estas situaciones, se requiere la movilización de una gran cantidad de recursos humanos y materiales, por lo que es esencial una planificación previa de las actuaciones y de las medidas de protección que han de adoptarse. El ámbito de aplicación del presente Plan de Emergencia Exterior son los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosa que tengan lugar  en los establecimientos Termosolar HELIOENERGY 1 y Termosolar HELIOENERGY 2, ambos en Écija (Sevilla).

La actividad principal desarrollada en los establecimientos mencionados es la producción de energía eléctrica a partir del calentamiento de un fluido “térmico” mediante radiación solar.

Enlace a boja de n.º 58 de 22/03/2024

https://juntadeandalucia.es/boja/2024/58/1

 

Objetivos concretos

El objeto del Plan de Emergencia Exterior (PEE)  es prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, limitando sus consecuencias para las personas, los bienes y el medio ambiente.

Periodo de vigencia
Desde

Normativa

Evaluación del plan

La evaluación del Plan de Emergencia Exterior (PEE), se realiza de forma continua durante su implantación y mantenimiento, con el objetivo de que los procedimientos de actuación previstos en el PEE sean operativos. Dicha evaluación se basa entre otras cuestiones en actualizaciones y revisiones periódicas, realización de ejercicios de adiestramiento o simulacros, las cuales se describen en el propio documento.

Es importante señalar que el PEE establece un período de tiempo máximo de 3 años para realizar la revisión del mismo. Además, se considera la conveniencia de hacer la revisión con anterioridad al vencimiento de dicho período, cuando así lo aconsejen los resultados de los ejercicios y simulacros, la evolución de los conocimientos técnicos en la evaluación y formas de actuar ante un accidente dónde intervienen sustancias peligrosas, las modificaciones en los establecimientos a los que da cobertura, alteraciones en los servicios intervinientes, o cualquier otra circunstancia, que afecte sustancialmente la eficacia en su aplicación.

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