Convenio entre el SAS y el Ayuntamiento de Jabalquinto para la cesión gratuita de bien inmueble para consultorio y su conservación y mantenimiento

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Gerente del Área de Gestión Sanitaria Nordeste de Jaén
Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Jabalquinto
Duración
El período de tiempo por el que se formaliza el convenio es de 4 años, prorrogable por períodos anuales, salvo denuncia expresa por cualquiera de las partes realizada con 6 meses de antelación.
De conformidad con el art. 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder de los cuatro años adicionales.

Objeto

El Ayuntamiento de Jabalquinto cede al Servicio Andaluz de Salud parte de un inmueble (planta baja) situado en la calle Carrera s/n, CP 23712 para su uso gratuito por el Servicio Andaluz de Salud como ubicación de Consultorio Local. La cesión se realizará con la finalidad de que los bienes objeto de la misma se destinen a la prestación de servicios sanitarios por el Sistema Sanitario Público de Andalucía.

Obligaciones económicas

El Servicio Andaluz de Salud se compromete a abonar al Ayuntamiento de Jabalquinto en concepto de resarcimiento de los gastos generados  por los compromisos adquiridos en cláusula segunda  b) la cantidad de 11.123,04€ anuales a vencimiento semestral tras certificación de  la  Dirección del Área  de Gestión Sanitaria de que se  ha  cumplido  lo especificado en los compromisos con cargo a la partida presupuestaria G/41C/46000/23.  La cantidad establecida no será objeto de revisión.  

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