Fecha de suscripción
Partes firmantes
Director Gerente del Hospital Universitario Clínico Virgen de las Nieves de Granada
Representante de la Asociación ALCER GRANADA
Duración
El presente convenio tendrá vigencia de un año, a contar desde la fecha de su firma, prorrogándose tácitamente por períodos iguales,salvo denuncia expresa de alguna de las partes, con un mes de antelación como mínimo, a la fecha de su vencimiento.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
Objeto
El Convenio de colaboración del Hospital Universitario Virgen de las Nieves con la entidad Asociación ALCER GRANADA tiene por objeto la implantación en el centro hospitalario de los siguientes programas y actividades:
- Servicio de atención social a pacientes con ERC
- Servicio de atención psicológica a pacientes con ERC
- Servicio de atención Nutricional a pacientes con ERC
- Actividades grupales y de ocio y tiempo libre
- Acompañamiento a pacientes y sus familiares
- Programa de sensibilización y fomento de la Donación de órganos
Y para las unidades clínicas que se relacionan a continuación:
- Unidad Clínica de Nefrología del Hospital Universitario Virgen de las Nieves, incluyendo:
- Salas de hemodiálisis (1ª y "ª planta)
- Sala de Hemodiálisis de Guadix
- Consultas de pre diálisis
- Consultas de trasplante
Obligaciones económicas
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para el Hospital Universitario Virgen de las Nieves. La Asociación ALCER GRANADA facilitará los recursos necesarios para la ejecución del objeto de este convenio.
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