Convenio entre el SAS y Bionac Reproducción, S.L. (INEBIR) para el traslado puntual de muestras biológicas de pacientes del Hospital Universitario Juan Ramón Jiménez y del centro de reproducción humana asistida INEBIR

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Director Gerente del SAS (PD. Director Gerente del Hospital Universitario Juan Ramón Jiménez)
Representante de Bionac Reproducción, S.L. (INEBIR)
Duración
El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de un año, no obstante, se prorrogará tácitamente por períodos anuales hasta una duración máxima de cuatro años, previo acuerdo expreso de las partes.

Objeto

El Convenio de colaboración regula el traslado puntual de muestras biológicas (ovocitos, semen y preembriones) de pacientes de la Unidad de Técnicas Avanzadas de Reproducción Humana del Hospital Universitario Juan Ramón Jiménez, que hayan solicitado el traslado de las mismas a Inebir a fin de proseguir con su tratamiento, así como de Inebir a la Unidad de Técnicas Avanzadas de Reproducción Humana del Hospital Universitario Juan Ramón Jiménez, por el mismo motivo.  

Obligaciones económicas

La firma del presente Convenio no tendrá ningún coste económico para el Servicio Andaluz de Salud. Los gastos derivados del mismo serán sufragados por Inebir o por los propios pacientes.

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