Fecha de suscripción
Duración
El ámbito de actuación de la acción voluntaria objeto de este convenio se circunscribe a los Servicios de Neumología y Alergología del Hospital Universitario Virgen Macarena de Sevilla.
El presente convenio tendrá vigencia de un año, a contar desde la fecha de su firma, prorrogándose tácitamente por períodos iguales, salvo denuncia expresa de alguna de las partes, con un mes de antelación como mínimo, a la fecha de su vencimiento.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
El presente convenio tendrá vigencia de un año, a contar desde la fecha de su firma, prorrogándose tácitamente por períodos iguales, salvo denuncia expresa de alguna de las partes, con un mes de antelación como mínimo, a la fecha de su vencimiento.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
Objeto
Ayudar de manera voluntaria y altruista a cualquier enfermo asmático, alérgico y enfermos respiratorio según nuestros programas anteriormente mencionados.
Obligaciones económicas
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para el Hospital Universitario Virgen Macarena.
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