2. Con una antelación mínima de dos meses a la fecha de finalización del plazo prevista en el apartado anterior, las Partes podrán acordar la prórroga anual del Convenio hasta cuatro años adicionales, mediante acuerdo expreso y escrito de todas las Partes efectuado con anterioridad al vencimiento de su vigencia, siempre y cuando la prórroga se deba a una prórroga justificada del Proyecto y aceptada por todas las Partes.
Resto de condiciones de vigencia y resolución, recogidas en la Cláusula 9 del Convenio.
Objeto
El objeto del presente Convenio es establecer la colaboración entre las Partes en el Proyecto. El Proyecto tiene como objetivo conocer la situación de consumo de Chemsex en Andalucía y obtener un consenso de las posibles vías de abordaje para atajar este problema de salud pública. Se acompaña como Anexo I a este Convenio la descripción del Proyecto y la propuesta metodológica para su ejecución.
En la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, las Partes deberán cumplir con todas las normas legales aplicables y con los estándares de ética y cumplimiento más exigentes, tanto nacionales como internacionales.
Obligaciones económicas
El SAS colaborará en el desarrollo del Proyecto de acuerdo con la descripción (Anexo I) sin que ello (su participación) suponga coste económico alguno. Las tareas principales de cada uno están recogidas en la cláusula 3. Ámbito de aplicación, del Convenio.