Objeto
El presente convenio tiene por objeto la cesión por parte del Ayuntamiento de CARCHELES al SAS, del inmueble descrito en el Expositivo segundo, para su uso gratuito como ubicación del Consultorio de Salud, y la determinación de las condiciones de la colaboración de las dos administraciones en cuanto al uso del bien cedido. La cesión está condicionada al destino del bien a la prestación de servicios sanitarios por el SAS.
Obligaciones económicas
El SAS se compromete a abonar al Ayuntamiento de CARCHELES en concepto de gastos de mantenimiento [según cláusula segunda] la cantidad de 0,00 € anuales a vencimiento semestral tras certificación de la Dirección del Distrito/Área de Gestión Sanitaria de cumplimiento de los compromisos por la otra parte. Asumiendo, así mismo, los gastos generados por Mantenimiento Integral: Equipos e Instalaciones, Gestión de Residuos Peligrosos, Telecomunicaciones, Mantenimiento de Electromedicina, Transporte de Muestras Analíticas, Transporte Sanitario.
Estas cantidades no serán objeto de revisión durante la vigencia del convenio.
El Ayuntamiento de CARCHELES se compromete a:
a) Realizar las adecuaciones estructurales para el acceso, circulación y asistencia de los usuarios que la demanden en el espacio cedido y asumirá los gastos que esto comporte.
b) Asumir, en su caso, los costes de limpieza (según pliego de prescripciones técnicas mínimo para la ejecución del servicio), energía eléctrica, agua, basura y cualquier tipo de impuesto, tasa, gravamen y/o hipoteca del inmueble cedido siempre que el inmueble se utilice para la prestación de los servicios sanitarios.
El Ayuntamiento de CARCHELES no tendrá relación alguna con las personas físicas o jurídicas que contraten con el SAS en relación con el inmueble cedido o por las actividades desarrolladas en él.
El Ayuntamiento de CARCHELES no se subrogará en los contratos y relaciones jurídicas existentes con el SAS en caso de extinción del convenio y viceversa.